REGRESO AL INDICE

 

2. EL 17 DE OCTUBRE DE 1953.- LA MUJER MEXICANA ADQUIERE PLENITUD DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS CONFORME A LA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 34 Y 35 CONSTITUCIONALES

 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Capítulo IV
De los ciudadanos mexicanos
Fragmento

Art. 34.- Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos reúnan, los siguientes requisitos:

  1. Haber cumplido 18 años, y
  2. Tener un modo honesto de vivir.

Art. 35. Son prerrogativas del ciudadano:

  1. Votar en las elecciones populares;
  2. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley;
  3. Asociarse libre y pacíficamente para tomar parte en los asuntos políticos del país;..............